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El trabajador se compromete a prestar sus servicios en plena dedicación sin poder ejercer otra actividad profesional por cuenta propia o terceros.
El trabajador se compromete a permanecer en la empresa que lo contrata por el tiempo estipulado y con el fin de poner en marcha un proyecto concreto.
La empresa comunica al trabajador la extinción de su contrato alegando motivos disciplinarios (puntualidad, indisciplina, ofensas verbales, abuso de confianza, embriaguez habitual, acoso, etc)
La empresa comunica al trabajador la extinción de su contrato por causas objetivas como pueden ser: ineptitud, falta de adaptación, amortización de puestos de trabajo, faltas de asistencia intermitentes, etc.
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