Alejandro
Invitado/a

Publicado: Lun Ene 01, 2007 7:17 pm
|
Título : Re: Disfrute vacaciones después de alta por incapacidad
|
 |
|
| Rafael escribió: | | Pueden disfrutarse las vacaciones tras el alta del trabajador por inacapacidad temporal? |
Sí pueden disfrutarse las vacaciones después del alta por incapacidad temporal. Máxime cuando esta ha sido una práctica habitual en la empresa en donde se trabaja, porque ello implica que la empresa reconoce este derecho a los trabajadores. En caso de negarse la empresa a concederlas, puede acogerse el trabajador al principio de la condición más beneficiosa. |
|
|