Registrado: 01 Feb 2007
Mensajes: 3 Publicado: Jue Feb 01, 2007 1:57 pm
Título : IVA EN LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO URBANOS
Mi pregunta sería si en el arrendamiento de pisos se debe aplicar el IVA, supongo que si, cuando se dedica a esta activitat de manera profesional pero cuando lo hace un particular que dispone de uno o dos pisos aparte de su vivienda habitual. También preguntaria a partir de que número de pisos se considera obligado a considerarse como immobiliaria.
Juan (particular)
Invitado/a
Publicado: Vie Feb 02, 2007 9:10 pm
Título : Re: IVA EN LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO URBANOS
Las operaciones inmobiliarias referidas a arrendamientos rústicos y de viviendas, salvo que se trate de arrendamiento de locales de negocio, están exentos de IVA.
Manu (Bilbao)
Invitado/a
Publicado: Vie Feb 02, 2007 9:18 pm
Título : Exención de IVA en arrendamientos urbanos
En general están exentos de IVA los arrendamientos de edificios o partes de los mismos destinados exclusivamente a viviendas, incluidos los garajes y anexos accesorios a los mismos, y los muebles arrendados conjuntamente con aquéllos.
Esta exención no incluye a los arrendamientos efectuados a personas o entidades que no los destinen a exclusivamente a vivienda. Según esta definición, el alquiler de una vivienda realizado a una sociedad no estará exento de IVA por no tener un uso exclusivo para vivienda al no ser una persona física quien atienda la vivienda, con independencia del uso o destino que le de al bien arrendado la sociedad.
En cambio, el alquiler de una vivienda a un particular que va a destinarla a ser su vivienda, estará exento de IVA.