Moderador

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Publicado: Mar Dic 18, 2007 7:53 pm
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Título : Sí, dentro de ciertos límites
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Una reciente Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, de 26/09/07 determina que los trabajadores sí piueden hacer uso del ordenador de la empresa, con ciertos límites. Además, el empresario ha de informar previamente que su uso está controlado y bajo qué condiciones. El derecho a la intimidad y su garantía también se extiende, en estos casos, a los archivos personales del trabajador que se encuentran en el ordenador y a los archivos temporales que son copias que se guardan automáticamente en el disco duro de los lugares visitados a través de internet. Este uso puede entenderse como un hábito social generalizado y aceptado. |
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