Moderador

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Publicado: Lun Feb 25, 2008 6:24 pm
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Título : Ley 41/2007, de 7 de diciembre
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La hipoteca inversa, a la que te refieres en tu escrito, se da cuando la persona de avanzada edad o en situación de dependencia, necesita una renta para subsistituir de manera periódica. Para esto hipoteca su piso o su casa en favor de una entidad financiera, para que ésta le pague una cantidad periódicamente.
Los sucesivos plazos se acumulan en una cuenta que está garantizada mediante dicha hipoteca. Pero esta hipoteca no será realizable sino después del fallecimiento de la deudora hipotecaria-habitante. |
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