|
El contrato de distribución vincula a un productor o fabricante de bienes o servicios y a un distribuidor, encargándose éste último de la intermediación entre el primero y los consumidores en la cadena de comercialización de dichos bienes o servicios.
El comercio minorista y las pymes tienen actualmente muchos problemas (afrontar la subida del IVA, el descenso del consumo, la morosidad, no poder subir los precios, etc.). Lo más deseable sería la puesta en marcha de una ley que regule las relaciones entre proveedores y distribuidores, para evitar abusos contractuales en los que el proveedor se reserva la facultad de modificar unilateralmente, sin previo acuerdo con su distribuidor, los precios, los criterios de selección, el sistema de remuneración, las condiciones comerciales o las exigencias de inversiones.
Parece ser que hay una propuesta legal que regulará que estos contratos de distribución se hagan de forma escrita y la modificación de sus claúsulas sean pactadas en lo referente a plazos de extinción (con preaviso de finalización del contrato), indemnizaciones por extinción, compensaciones por clientela, etc. y así mejorar la situación a los distribuidores que se ven perjudicados.
La posición dominante del proveedor en los contratos de distribución como franquicias, kioscos de prensa, estaciones de servicio, materiales de construcción, concesionarios de automóvil, productos informáticos, etc. parece ser un problema generalizado.
|