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El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley del Registro Civil, que dejaría de expedirse Libros de Familia, sustituidos por certificaciones registrales. Los registros ya no se ocuparían de la tramitación de los expedientes matrimoniales y serían los municipios los que se encargarán de ello, buscando que el Registro Civil se convierta en un registro individual, que otorgue a cada individuo una ficha personal única, donde figurará el historial civil de cada persona desde su nacimieno.
Según el texto aprobado, los españoles al nacer recibirían un Código Personal de Ciudadanía (CPC), correspondiente a una secuencia alfanumérica, que servirá para todos los trámites del usuario con el Registro Civil. Su ficha personal podrá ser consultada telemáticamente y también será accesible por las administraciones que lo necesiten para la realización de trámites. "Lo normal es que no se exija nunca al ciudadano que presente una certificación del registro civil", según el ministro de Justicia.
Dejarían de expedirse Libros de Familia, los cuales serían sustituidos por certificaciones registrales, que podrán ser solicitados personalmente o a través de internet. Los registros dejarán también de ocuparse de la tramitación de los expedientes matrimoniales y serán los municipios los que se encargarán de ello y, una vez celebrado el matrimonio, lo pondrán en conocimiento del registro.
Los centros de salud, los ayuntamientos o los órganos judiciales serán los encargados de remitir al Registro Civil por vía telemática la documentación necesaria para inscribir los nacimientos, los matrimonios, los divorcios o las defunciones. Así se busca "cambiar de arriba a abajo" el actual modelo vigente desde 1957 y crear un un nuevo registro único y electrónico "pensado en las personas" que simplificará trámites y agilizará procesos.
El nuevo registro se convertiría en una base de datos electrónica común, que dejará atrás los libros físicos de registro, de modo que el ciudadano podrá consultar por internet o realizar trámites en cualquiera de las oficinas del país, dejando de estar "judicializado" y pasará a ser un órgano dependente del Ministerio de Justicia, de manera que, aunque sus actos seguirán sometidos al control de los jueces, serán "funcionarios públicos cualificados" los encargados de los nuevos registros. De esta manera, se descarga a los jueces de una función impropia, que permitirá que puedan dedicarse en exclusiva a su función constitucional de juzgar y ejecutar lo juzgado, afirmó el Ministro de Justicia.
Si se aprueba la nueva ley, el nuevo Registro Civil se organizará en tres órganos sin dependencia jerárquica y con funciones muy específicas: oficinas generales, oficina central y oficinas consulares. Las primeras de ellas, unidad básica del nuevo registro, serían las encargadas de las funciones ordinarias. El texto prevé la creación de una por comunidad autonóma más otra por cada 50.000 habitantes. Por su parte, la oficina central tendría la función de inscribir las resoluciones de la Dirección General de Registros y del Notariado, los documentos auténticos extranjeros y encargarse de la cooperación jurídica internacional en materia registral.
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