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El ERE encubierto es la táctica que están empleando muchísimas empresas, amparadas en la actual crisis económica. Y lo hacen asesoradas "legalmente" por algunos abogados para maquillar la situación empresarial y así tener la apariencia de "legalidad".
El Estatuto de los Trabajadores obliga a aplicar un expediente de regulación cuando una empresa extinga determinado número de contratos -fijos y temporales- en un periodo de 90 días. Por ejemplo, a partir de 10 despidos en una empresa de 100 trabajadores, desde el 10% de la plantilla en una de entre 100 y 300 empleados, y cuando se despide a 30 o más personas de una empresa con más de 300 asalariados. Si el empresario supera esta proporción mediante despidos individuales en dicho plazo se consideraría un ERE encubierto, por lo que incurriría en fraude de ley. Si es denunciado estaría obligado a recontratarlos a todos. Además, si en un primer periodo de 90 días una empresa de 300 despide a 28 y en el siguiente periodo a otros tantos, serían nulos a partir del despido número 29.
Hay empresas que para maquillar las cosas, se dan un margen de al menos 180 días entre despidos.
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