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La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un matrimonio de Carcaixent (Valencia) a una multa de 2.880 euros por tolerar el absentismo escolar de su hijo de 15 años, que no asistió durante el curso 2006/2007 a las clases del instituto de Educación Secundaria que le correspondía.
La sentencia ratifica el fallo del Juzgado de lo Penal número 15 de Valencia que considera a los padres del joven responsables de un delito de abandono de familia, recogido en el artículo 226.1 del Código Penal.
El Tribunal considera probado que el chico se encontraba cursando estudios en un centro de secundaria donde reside con sus padres y que éstos permitieron que su hijo dejara de asistir "totalmente" a las clases y que no acudieron a las reuniones fijadas por el profesor-tutor de su hijo "pese a ser apercibidos de las consecuencias legales que ese comportamiento podría conllevar".
Por ello, condena a ocho meses de multa con una cuota de seis euros diarios a cada uno de ellos (2.880 euros en total) por un delito de abandono familiar, sentencia contra la que no cabe recurso alguno.
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