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 Asunto: Primera sentencia en España que reconoce como delito de lesiones personales los ruidos causados por un pub
NotaPublicado: Mar Mar 17, 2009 12:49 pm 
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Registrado: Dom Nov 19, 2006 10:52 pm
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Una sentencia de la Audiencia de Barcelona ha condenado a cinco años y medio de prisión a la dueña de un "pub" y es la primera en España que reconoce las lesiones en las personas causadas por el ruido; así ya no sólo se contempla como un un delito contra el medio ambiente.

La sentencia condena a la propietaria de un "pub" a cumplir cinco años y medio de prisión: cuatro años por un delito contra el medio ambiente, y tres penas de seis meses por el delito por lesión a cada una de las tres víctimas, vecinas del primer piso del inmueble en cuyos bajos estaba situado el bar.

Hasta ahora, el único precedente en España sobre los efectos del ruido en las personas era la sentencia de un tribunal de Zaragoza, que condenó por una "falta de imprudencia por lesiones" al dueño de un bar, pero sin llegar a reconocer como delito los efectos del ruido sobre la salud de las personas.

Con esta sentencia podrán defenderse con más eficacia a las personas afectadas por el ruido. Los vecinos del inmueble situado sobre este pub, soportaban emisiones de ruido de hasta 43 decibelios y por ello necesitaron atención psiquiátrica por un trastorno depresivo y debieron tomar ansiolíticos, causándoles lesiones psíquicas. Es la primera vez que una sentencia penal se refiere al ruido como tortura.

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 Asunto: Sentencia pionera del Tribunal Supremo que reconoce lesiones causadas por exceso de ruido
NotaPublicado: Vie Dic 04, 2009 11:46 am 
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Registrado: Sab Oct 03, 2009 10:52 am
Mensajes: 15
El Tribunal Supremo ha reconocido por primera vez las lesiones causadas por exceso de ruido, sufridas por vecinos de una discoteca del barrio de l'Eixample de Barcelona quienes durante meses soportaron en sus viviendas niveles de decibelios muy superiores a los máximos permitidos por la Ordenanza municipal.

El Supremo condena al propietario a pagar 2.700 euros de multa por nueve faltas de lesiones, añadiendo cuatro años de prisión que le impuso en noviembre de 2008 la Audiencia de Barcelona por un delito contra el medio ambiente. Además, se le condena a indemnizar a cada uno de los perjudicados por responsabilidad civil, en la cantidad de 5.000 euros.

Al dueño de la discoteca se le había concedido una licencia exclusivamente como establecimiento de restauración y bebidas, debiendo cerrar a las dos de la madrugada entre semana y a las tres entre jueves y domingo. Pero el horario real era desde el jueves al domingo entre las 6 y las 13 horas.

Desde el inicio de sus actividades, en diciembre de 2006, el fuerte ruido provocado por la música generó continuas denuncias de vecinos de dos calles cercanas. La Guardia Urbana de Barcelona comprobó que en el local se había instalado ilegalmente una pista de baile, y en las seis mediciones que realizó la Policía Judicial en viviendas vecinas se superó ampliamente el límite máximo permitido de 30 decibelios.

"El sometimiento reiterado y continuado durante siete meses", desde diciembre de 2006 a junio de 2007, de los vecinos perjudicados, entre los que se encontraban varios niños, generó "un grave riesgo para la salud psíquica y física de los mismos", según establecieron los peritos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses de Barcelona. Entre los síntomas, "insomnio, dolores de cabeza y mal humor", si bien ninguno de ellos acreditó que necesitara tratamiento médico".

La sentencia del Tribunal Supremo estima el recurso interpuesto por la Fiscalía al entender que, aunque los vecinos no precisaron tratamiento médico, se produjo "padecimiento menor" y "menoscabo para la salud de los afectados, necesariamente asociado al insomnio provocado durante meses y con el dolor de cabeza como síntoma".


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