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Buenas tardes. Queria plantear la siguiente consulta: En los últimos años de su vida mi padre ha residido en Republica Dominicana. Murio hace dos semanas. Yo soy hija de un primer matrimonio con una española, de la que tuvo dos hijos más. Tras divorciarse de mi madre se casó en República Dominicana con una señora de allá con la cual tuvo otro hijo , y de la cual se divorcio tambien en R.Dominicana. Actualmente ella vive en España con su hijo . Cuando mi padre se jubiló decidió vivir en Republica Dominicana donde se habia comprado una casa y donde ha fallecido. Me avisaron cuando estaba muy enfermo y al poco de llegar allí falleció.Tengo varias preguntas legales para hacer. 1ª En Republica tiene una casa y dinero en cuentas bancarias. He contactado con un abogado de allí y me dice que sus honorarios serían de un 20% del valor de la casa y del dinero que hay una vez detraidos los impuestos., si el procedimiento es amistoso. Si es litigioso un 30%. ( somos dos familias, hermanos de diferente madre. ). Aparte tendría que adelantarle 1500 e en concepto de gastos.¿ Son estos honorarios normales? 2ª Es el divorcio de Republica Dominicana válido en españa?.¿ Podría yo cómo parte interesada pedir que se consideraran divorciados en España?. 3ª Existe una vivienda en España. ¿Sería aplicable aquí la separacion de bienes que firmaron en Republica Dominicana tras el divorcio? . En ella mi padre dio una cantidad de dinero a la señora liquidandose así la sociedad de gananciales. En esa vivienda de España residen la segunda ex esposa y su hijo menor de quince años. En España no existe sentencia de separacion ni divorcio. Tan solo unas medidas provisionales donde segun parece conceden el uso de la casa a la madre y al niño hasta que éste sea mayor de edad.
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