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 Asunto: Accidente de tráfico con parte amistoso sin que nadie se haga cargo de las lesiones.
NotaPublicado: Vie Sep 18, 2009 10:36 am 
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Registrado: Jue Sep 17, 2009 9:43 pm
Mensajes: 2
He tenido un accidente de tráfico y el médico me ha reconocido las lesiones. ¿Como reclamo al seguro privado de incapacidad temporal que actua con silencio?


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 Asunto: Re: Accidente de tráfico con parte amistoso sin que nadie se haga cargo de las lesiones.
NotaPublicado: Vie Sep 18, 2009 1:46 pm 
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Registrado: Jue Mar 29, 2007 12:24 pm
Mensajes: 19
En su caso de accidente de tráfico parece que se produjeron daños personales (lesiones) y materiales (daños en su vehículo). Ambos daños son indemnizables y según dice usted interpuso una denuncia dentro del plazo máximo de seis meses para reclamar desde el día del accidente. Supongo que sabrá que para acudir a los tribunales por la vía civil dispone de un año y que debió informar a su compañía aseguradora del siniestro en el plazo de siete días.

Dice usted que se produjeron lesiones que originaron una situación de baja y que un médico forense lo ha certificado.
Dicha baja, a efectos de indemnización, pudo ser impeditiva (usted ha estado incapacitado para su actividad habitual) o no impeditiva (usted no está incapacitado para su actividad habitual pero no está totalmente sanado). En ambos supuestos a usted se le indemniza con una cuantía fija establecida por ley, ya sea por la vía extrajudicial, en la que se negocia con el abogado de la compañía de seguros la cuantía de su indemnización. Si no se llega a un acuerdo se acude a la vía judicial, reclamando su indemnización a través de un procedimiento penal si se considera que el accidente constituye delito o falta o acudiendo a la vía civil interponiendo la correspondiente demanda ante los Tribunales de Justicia.

En su caso usted ha rellenado junto con el otro implicado el parte amistoso de accidente que facilitan las compañías aseguradoras y, supongo, usted lo entregó a su compañía dentro del plazo con todos los datos de las partes implicadas, de los vehículos, de las pólizas de seguro, daños que ha sufrido el vehículo, dibujaría un croquis del accidente, apuntando los datos de los testigos presenciales y firmarían los conductores implicados.

¿Su póliza tiene contratado el pago de todos los gastos que se puedan originar en un juicio (abogado, procurador, costas, fianzas, péritos, etc) como consecuencia de un accidente de circulación? Es necesario que reclame usted al contrario o que a usted le reclame el contrario. Sin embargo, el asegurado tiene derecho a elegir libremente el Procurador y Abogado que hayan de representarlo y defenderlo en cualquier clase de procedimiento. El Abogado y Procurador designados por el asegurado no estarán sujetos, en ningún caso, a las instrucciones del asegurador. Si usted como asegurado quiere llevar al contrario a juicio, si es muy importante poder designar libremente al abogado, ya que una buena defensa le garantizará una mayor o menor indemnización.

Cuando la compañía debe pagar al abogado libremente elegido por el asegurado suelen limitarlo a 3.000 euros.

Antes las compañías se "echaban la culpa las unas a las otras" sobre quién era el asegurado culpable del accidente, para evitar o retrasar el pago de las correspondientes indemnizaciones. Ahora saben que si resuelven los siniestros de modo ágil y rápido, pagan la indemnización, tienen al cliente contento y se evitan pagar intereses de demora, un costoso gabinete de abogados, además de no tener que pagar las costas, de procuradores y abogados. Por esto los denominados "convenios" entre compañías, que en la práctica, independientemente de la culpabilidad del accidente, cada compañía suele pagar los daños a sus asegurados. Esto es un inconveniente para el usuario porque al pagar su propia compañía esta intentará pagar lo menos posible y no como antes en que pagaba la compañía contraria.

Si el contrario ha tenido la culpa busque un buen abogado independiente, experto y ajeno a su compañía, para que le consiga la máxima indemnización.


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