Los pasajeros que viajen a EEUU procedentes de países que
no necesiten visado para estancias de menos de 90 días, como España, tendrán que obtener previamente una autorización electrónica, en la página web
https://esta.cbp.dhs.gov.
El Programa de Exención de Visado permite al Departamento de Seguridad Nacional Americano determinar con antelación si los pasajeros cumplen los requisitos para entrar al país o si representan un riesgo para el orden público o la seguridad.
Este Sistema Electrónico de Autorización de Viaje es capaz de recibir entre 16 y 20 millones de visitas anuales. Así se sustituye al tradicional formulario verde que los viajeros han tenido que rellenar hasta ahora en el avión y entregar a su llegada en el control de inmigración en EEUU.
El formulario electrónico está disponible en 21 idiomas y el pasajero tiene que rellenar, en inglés, sus datos personales, número de pasaporte, número de vuelo y proporcionar una dirección en EEUU, así como contestar siete preguntas relacionadas con enfermedades, detenciones, terrorismo, espionaje, narcotráfico, entre otras.
El proceso es totalmente gratuito y el Gobierno de EEUU ya ha advertido de páginas web fraudulentas que intentan cobrar por este servicio.
Las respuestas que pueden darse al formulario electrónico son tres: autorización aprobada, autorización no aprobada, o autorización pendiente y en este caso el pasajero debe entrar al menos 72 horas antes de su viaje en la página web para recibir una respuesta definitiva a su solicitud.
Si la autorización es denegada, el viajero debe solicitar un visado en el consulado o la embajada estadounidense.
La autorización de viaje no implica necesariamente que el pasajero pueda entrar a EEUU, ya que únicamente permite embarcarse en un avión o crucero y la decisión final corresponde a los agentes del Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras.
La nueva normativa entró en vigor el lunes día 12 de enero de 2009.