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 Asunto: Conflicto en empresa familiar
NotaPublicado: Vie May 01, 2009 9:43 pm 
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Registrado: Vie May 01, 2009 9:28 pm
Mensajes: 3
Estimados foristas, tengo una duda que desearía que me fuera resuelta.
Una madre fallece sin dejar testamento. Su marido, en vida de su esposa, tenía un negocio y creó una marca para un producto que comercializaba (bienes gananciales). El matrimonio tenía hijos (herederos legítimos de su madre). El marido fallece varios años más tarde. En este tiempo el marido y padre ha disfrutado en usufructo todos los bienes del matrimonio, inmuebles, explotación de la marca, etc. Años antes del fallecimiento de éste, sin acuerdo o consentimiento conocido o público, uno de los hijos empezó a explotar la marca a través de una sociedad distinta a la que tenía su padre. Posteriormente es otro hermano el que sigue la explotación con una nueva sociedad.
¿Tienen derecho el resto de hermanos a explotar la marca?. ¿El hermano que actualmente la explota, tiene que allanarse a sus hermanos y disolver su sociedad?. ¿Pueden trabajar la marca sociedades distintas?. ¿Cuál sería la mejor solución?.
Gracias.
Espero vuestras aportaciones.


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 Asunto: Re: Conflicto en empresa familiar
NotaPublicado: Sab May 02, 2009 10:55 am 
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Registrado: Sab Feb 21, 2009 12:32 pm
Mensajes: 21
La marca se registró debidamente? Quién registró la marca? Quiénes tienen el derecho de explotación de esa marca de la que habla? Se transmitió o se cedió esa marca?


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 Asunto: Re: Conflicto en empresa familiar
NotaPublicado: Sab May 02, 2009 12:08 pm 
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Registrado: Vie May 01, 2009 9:28 pm
Mensajes: 3
Hola Pepe80. Gracias por tu interés. Te respondo.
La marca sí está registrada. La registró mi padre. En la última consulta que realizamos en la oficina de patentes y marcas todavía estaba registrada a nombre de mi padre, (habiendo fallecido meses antes) por lo que entiendo que es él quien la explota. Por tanto, supongo no ha existido transmisión ni cesión.
Espero que con esta información me puedas dar una respuesta a mis preguntas.
Gracias Pepe80.
Un saludo.


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 Asunto: La Marca
NotaPublicado: Lun May 04, 2009 7:26 pm 
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Registrado: Sab Feb 21, 2009 12:32 pm
Mensajes: 21
Marca es todo signo susceptible de representación gráfica que sirva para distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de los de otras. No sólo tiene uan función distintiva, sino también publicitaria. No sé si en su caso se trata de una marca de productos o de servicios o industrial o comercial, ni si es individual o colectiva, ni mucho menos sé si es renombrada o de prestigio. Son asuntos importantes a dilucidar para responderle con más precisión.

La OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas) concede un derecho de uso exclusivo para designar un determinado tipo de bienes o servicios. La marca se adquiere exclusivamente mediante su concesión con ocasión de la inscripción de la misma en la OEPM. Los derechos del titular de la marca al registrarla son el uso exclusivo en el tráfico
económico para identificar los bienes y servicios que ofrece, para comercializarlos y para publicitarlos, derecho a prohibir a terceros su utilización sin permiso en el tráfico económico, derecho de renovación de la marca cada diez años. Las obligaciones del titular de la marca registrada es la de utilizarla, pagar las tasas y la obligación de renovarla.

La marca, al igual que la patente y los demás bienes de propiedad industrial, es objeto de contratos y obligaciones y demás operaciones jurídicas como, por ejemplo la cesión; son igualmente susceptibles de embargo, gravamen, ejecución e hipoteca inmobiliaria. La marca se extingue por razones semejantes a las de las patentes como la nulidad, anulabilidad, caducidad, renuncia a la marca por el titular.

Me he extendido en explicarle esto, para responderle que la marca no puede explotarse por sociedades distintas y mucho menos sin el consentimiento del dueño. Supongo que su padre sabía que dos de sus hijos estaban explotando su marca en distintas sociedades; no sé si esto hace suponer que implícitamente se los permitió o se las cedió, pero de ser así, la cesión debió quedar registrada. Usted dice que no fue cedida, por lo que podría configurarse una competencia desleal.

Todos los hermanos (herederos forzosos) tienen derecho a explotar la marca, en igualdad de condiciones, si no hubo una cesión formal o derecho de explotación debidamente registradas a sus dos hermanos. Lo primero sería solucionar el problema de una eventual copia, por parte de los otros hermanos.

La "herencia de la marca" a una nueva generación familiar, no implica tan sólo transferirla, sino tomar decisiones como, por ejemplo: ¿Debe relanzarse? ¿Renovarse? ¿Llevar a cabo un proceso continuista? ¿Debe potenciarse en otro sector del mercado?, etc.

Lo primero es saber si su padre dispuso de testamento y en qué condiciones dejó la herencia con respecto a la marca o ¿empresa familiar? En este caso, es necesario que se detalle ante Notario y mediante documento público cuál es la marca que se transfiere mediante la herencia, y para qué productos, etc.

Y entre los hermanos decidir de manera conveniente y amistosa qué hacer para solucionar el problema, buscar un abogado experto en marcas y patentes, no sólo en herencias. Dependiendo del tipo de sociedad que tenga su hermano y si en esta sociedad la marca es esencial, a lo mejor tendría que disolverla y aceptar lo que decidan sus hermanos.


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 Asunto: Re: La Marca
NotaPublicado: Mar May 05, 2009 10:43 am 
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Registrado: Vie May 01, 2009 9:28 pm
Mensajes: 3
Pepe80 agradecerte el tiempo que te has tomado para responder a mis dudas. Me has aclarado bastantes.
Intentaremos consensuar un acuerdo entre todos los herederos y si no lo conseguimos habrá que ir por vía judicial.
Gracias.
Un saludo.


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